Los actos de comunicación realizados por el Procurador

 

Los Procuradores, además de nuestra labor histórica como representantes procesales de las partes, en los últimos años hemos ido ganando un mayor protagonismo en las labores de gestión y tramitación de los procedimientos judiciales, repercutiendo con ello de manera directa en la dinamización de los procesos. Probablemente la más destacada haya sido que nuestro ordenamiento jurídico nos otorgue la capacidad de certificación para realizar todos los actos de comunicación, logrando agilizar las comunicaciones entre el Juzgado y las partes.

 

Pioneros en actos de comunicación en toda la Comunidad de Madrid

 

En Bartolomé Procuradores desde el primero momento tuvimos claro que esta reforma era muy beneficiosa para nuestros clientes ya que se agilizan enormemente los tiempos procesales cuando interviene un Procurador. Sin duda alguna, el ahorro en tiempo se ve directamente reflejado en un ahorro económico para nuestros clientes.

 

Podemos decir que este despacho es pionero en realizar los actos de comunicación, llevándolos a cabo en toda la Comunidad de Madrid, impulsando y agilizando la buena marcha de todos los procesos que nos confían nuestros clientes.

 

Llevamos a cabo actos de comunicación de todo tipo: emplazamientos, requerimientos, notificaciones, citaciones, mandamientos, oficios, etc. Siempre garantizando que se ponen todos los medios posibles para lograr el éxito en los mismos.

 

Actos Comunicacion Procurador

 

Actos de comunicación que agilizan los procedimientos judiciales

 

Todo el sector es consciente de la tremenda saturación que sufren la inmensa mayoría de Juzgados y Tribunales de nuestro país. Claros ejemplos de ello son los Juzgados de Paz o el Servicio Común de Notificaciones y Embargos (SCNE) que sufren una paralización y un colapso considerable debido a la falta de medios, llegando en algunos casos a tardar más de 6 meses en llevar a cabo un acto de comunicación.

 

Por todo ello, gracias a la intervención del Procurador en las diligencias de notificación, se agiliza y se logra esa inmediatez necesaria en los procedimientos judiciales. Y, sin ninguna duda, creemos que es un servicio que nuestros clientes aprecian cada vez más.

 

Actos de comunicación: la LEC y el fortalecimiento de la figura del Procurador

 

La Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, establecía una nueva regulación de los actos de comunicación, en la que tanto los litigantes como sus representantes asumían un papel más activo y eficaz. Los procuradores nos convertíamos así en los responsables de recibir notificaciones y de llevar a cabo el traslado a la parte contraria de muchos escritos y documentos.

 

La Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, intensificaba también la figura del Procurador mediante una nueva reforma del artículo 26 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Concretamente reforzaba la posición del Procurador como un auténtico colaborador de la parte, pero también de los tribunales de justicia, ya que éstos podían solicitar su ayuda para que llevase a cabo determinado acto de comunicación específico.

 

Años más tarde, la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, reforzaba de nuevo las atribuciones y obligaciones de los procuradores respecto de la realización de los actos de comunicación a las personas que no son su representado. Espacíficamente se nos atribuía a los procuradores la capacidad de certificación para realizar todos los actos de comunicación, lo que permitía su práctica con el mismo alcance y efectos que los realizados por los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial. Es decir, se nos eximía a los procuradores de la necesidad de vernos asistidos por dos testigos para obtener la validez de una notificación, algo que directamente ha repercutido en la agilización de los procedimientos.

 

En Servicios Jurídicos Bartolomé Procuradores ponemos el máximo empeño en una serie de valores y criterios que han convertido a este despacho en un referente en modelo de gestión y una garantía para el desarrollo del procedimiento judicial.

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