Paralización de ejecuciones hipotecarias en Madrid y TJUE

 

Los Juzgados de la Comunidad de Madrid llevan prácticamente un año paralizando de manera temporal las ejecuciones hipotecarias por cláusulas de vencimiento anticipado, a la espera del pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en esta materia.

 

La cláusula de vencimiento anticipado recoge la posibilidad de que la entidad financiera resuelva y dé por vencido un contrato de préstamo hipotecario de forma anticipada ante el impago de tres cuotas de la hipoteca contratada con la entidad bancaria.

 

La inmensa mayoría de las ejecuciones hipotecarias que llegan a los Juzgados de nuestro país tienen su origen en dicha cláusula, por lo que la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea es muy esperada por todos los implicados (entidades financieras e inversores, consumidores e, incluso, por los profesionales del sector).

 

Consecuencias del fallo del TJUE y ejecuciones hipotecarias

 

Más allá de la moralidad o legalidad de una cláusula que permite que se ejecute una hipoteca por su importe íntegro a pesar de haber dejado de pagar únicamente tres recibos, las consecuencias del fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea pueden provocar un nuevo “terremoto” judicial e inundar de demandas los ya colapsados Juzgados de nuestro país, caso similar al ocurrido en su día con las preferentes y, más recientemente, con las cláusulas suelo y los gastos de hipoteca.

 

Ejecuciones hipotecarias TJUE

 

Por un lado, si el TJUE mantiene la cláusula del vencimiento anticipado, se reanudarían los miles de procedimientos que a día de hoy se encuentran paralizados por resolución judicial.

 

Pero, por otro lado, si el TJUE falla a favor de declarar la nulidad del vencimiento anticipado, algo que entra dentro de lo probable, ¿qué pasaría con todas las ejecuciones hipotecarias ya finalizadas con lanzamiento y que se basaron en ese vencimiento anticipado? ¿Podrán los consumidores demandar a la entidad por los daños y perjuicios causados o por el dinero reclamado o incluso cobrado indebidamente por la entidad bancaria? ¿Qué podrán hacer los bancos para reclamar las hipotecas que entren en mora?

 

Madrid, una de las comunidades con más ejecuciones hipotecarias

 

Madrid sigue siendo una de las Comunidades Autónomas con mayor número de ejecuciones hipotecarias, a pesar de que en el último año, gracias a la recuperación económica, éstas han descendido drásticamente.

 

Según el último informe “Efectos de la crisis económica en los órganos judiciales” que la Sección de Estadística del Consejo General del Poder Judicial hizo público a principios de diciembre de 2017, el número de ejecuciones hipotecarias en la Comunidad Madrid en el tercer trimestre de 2017 fue de 490, es decir han disminuido casi un 44% respecto al tercer trimestre de 2016, cuando ascendieron a 872.

 

Asimismo, además de por la mejora económica, la disminución en el número de procedimientos hipotecarios presentados es más que probable que esté ligada a la incertidumbre jurídica que se vive actualmente. Las entidades bancarias prefieren refinanciar un crédito en mora que presentar una demanda sin saber qué resultado cierto pueden obtener y con el consiguiente riesgo de obtener una resolución desfavorable por parte del TJUE.

A la espera del pronunciamiento del TJUE

 

La Audiencia Provincial de Madrid acordaba en marzo de 2017 suspender temporalmente en los Juzgados de la Comunidad de Madrid las ejecuciones hipotecarias por cláusulas de vencimiento anticipado hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie sobre las aclaraciones planteadas por el Tribunal Supremo a su sentencia. Medida que sigue vigente a día de hoy, dado que el TJUE aún no se ha pronunciado al respecto.

 

Adicionalmente, en este contexto judicial, el Consejo de Ministros aprobaba un Real Decreto Ley5/2017, de 17 de marzo, que ampliaba y profundizaba las medidas de protección a los colectivos vulnerables por la crisis ante situaciones como el lanzamiento de su vivienda de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social. En concreto, se ampliaba hasta 2020, la moratoria de las ejecuciones hipotecarias que afectan a estos colectivos.

 

Por todo ello, la resolución del TJUE, que se espera que se haga pública próximamente, va a generar un impacto directo en una infinidad de procedimientos judiciales que se encuentran paralizados judicialmente.

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